Dicen los que han estado en un conflicto bélico que lo difícil es el primer muerto, que luego ya te acostumbras. Algo así le debe de pasar al equipo de gobierno del PP en el Ayuntamiento. Quizás fue difícil para ellos la primera ilegalidad allá por el 2003 cuando empezaron a desgobernar el pueblo. Pero, poco a poco, se han ido acostumbrando y ahora las comenten con mucha soltura y desparpajo. Incluso por parejas y prácticamente a diario.
Sucede que se acercan las elecciones municipales y comienza la "Operación Maquillaje". Esta semana les ha tocado la renovación de algunos de los juegos infantiles del Parque del Peralejo. Pronto le tocará al asfaltado después de muchos años de calles infames.
En un amplio espacio abierto han ido a colocar uno de los juegos directamente frente a una encina que llevaba ahí al menos 70 años. No parece que realmente estorbase. Incluso podían haber puesto el juego un par de metros más atrás. Pero han optado por cortar la encina, privando además de sombra a los niños y padres que se acerquen a este juego. ¿Cociente intelectual 50 o puro sadismo?.
Los responsables de esta infracción grave a la Ley de Protección del Arbolado Urbano 8/2005 de la Comunidad de Madrid, están cobrando entre 35 y 50 mil € al año de nuestros impuestos.
Ahora sí. Ahí ya quedaron satisfechos. Habían infringido otras 9 Leyes
- La Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio, que aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística para el Desarrollo de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenamiento Urbanístico.
- El Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, modificado por Real Decreto 952/1997, en materia de Residuos Tóxicos y Peligrosos.
- La Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid.
- La Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid (BOCM de 1 de julio).
- El Plan Nacional de Residuos Urbanos de 7 de enero de 2000.
- El Plan Autonómico de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de la Comunidad de Madrid 2006-2016.
- Ley 3/2007, de 26 de julio, de Medidas Urgentes de Modernización del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
- El Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
- Orden 2726/2009 por el que se regula la gestión de los residuos de la construcción y demolición en la Comunidad de Madrid.
Pero además, el Punto Limpio donde se debían haber depositado estos residuos, está a menos de 200 metros de esta cantera.
La cantera está en terrenos municipales, cercada y con candado.
Recordemos que el Ayuntamiento quiere recalificar esta zona en el nuevo Plan de Urbanismo y la Comunidad de Madrid le exigía demostrar la pérdida de valores medioambientales para poder recalificarla.
¿Hay mejor demostración?.
Si esta es la gestión que hacen con unos simples columpios, miedo da el pensar que harán en cuestiones financieras o administrativas.
¿Les confiarías la administración de tus cuentas bancarias?....Y, ¿por qué sí la administración del Ayuntamiento?.
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